La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) y la Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en Paraguay anunciaron la puesta en vigencia del Convenio para Evitar la Doble Imposición. Este es el primer acuerdo que firma nuestro país, Paraguay, con un Estado miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).
¿Cuál es el objetivo del acuerdo?
El Convenio para Evitar la Doble Imposición busca impedir que una misma renta sea sometida a tributación en ambas jurisdicciones. No implica que las personas y las empresas dejen de pagar impuestos, sino que contempla lo que se denomina como renta compartida, es decir, se paga una parte del impuesto en nuestro país y la otra en España, pero sin duplicación de los pagos.
A partir de este pacto bilateral, ambos países buscan reducir las barreras fiscales que afectan a la inversión y al comercio, principalmente, proporcionando certidumbre financiera y económica a los aportantes del Fisco.
¿Sobre qué impuestos se aplicará?
De acuerdo con el anuncio oficial, en nuestro país, el acuerdo se aplicará al Impuesto a la Renta Personal (IRP), al Impuesto a la Renta Empresarial (IRE), al Impuesto a los Dividendos y Utilidades (IDU) y al Impuesto a la Renta de No Residentes (INR). En España, se aplicará al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, al Impuesto sobre Sociedades y al Impuesto sobre la Renta de No Residentes.
Para cualquier consulta sobre su aplicación y sus implicancias legales, contáctenos.
Estamos a las órdenes.