Mediante el Decreto 8635/2022, el Poder Ejecutivo decidió extender por dos meses más el régimen diferenciado para el impuesto al valor agregado (IVA) que es aplicado a la importación de bienes bajo el Régimen del Turismo (RT).
De acuerdo con la normativa presidencial, la base imponible del IVA para esta actividad queda establecida en el 5%, sobre la cual se aplica una tasa general del 10%. Esto se traduce básicamente en una tasa efectiva del 0,5%.
La reducción tributaria para el Régimen del Turismo está vigente desde noviembre y debía quedar sin efecto desde el 1 de enero, pero con el Decreto 8635/2022, el régimen diferenciado se extiende hasta el 28 de febrero.
Según la recomendación hecha por el Equipo Económico Nacional, esta medida se toma con el fin de dinamizar el comercio principalmente en las zonas fronterizas, y de esta manera, seguir coadyuvando a la recuperación económica del país luego de años bastante duros.
Por otro lado, el Ejecutivo decidió ponerle fin a la reducción del impuesto selectivo al consumo (ISC) a los combustibles y a la electrónica. Por tanto, desde este 1 de enero, las tasas para esos bienes vuelven a lo establecido en la Ley 6380.
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