El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) emitió la Resolución 75/2025, a través de la cual reglamenta la aplicación de sanciones a patronales por incumplimientos de los trámites laborales previstos en el Decreto 1989/2024.
La normativa establece que, desde este mes de febrero, corresponderá una multa de entre 1 y 3 jornales, la falta de comunicaciones de los siguientes procesos: entrada y salida de trabajadores, vacaciones, sanciones disciplinarias, preavisos, ausencias y accidentes laborales.
Asimismo, corresponderá una sanción de entre 10 y 20 jornales la falta de inscripción patronal de matrices y sucursales, así como la falta de presentación de las planillas laborales.
Si el monto de la multa es de 20 jornales o más, el empleador podrá fraccionar el pago de la misma, hasta en 12 meses. La solicitud de fraccionamiento se deberá realizar a través del Sistema de Registro Obrero Patronal (REOP).
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